Preguntas Frecuentes

Sobre el marco regulatorio y jurídico

¿Qué es Transcomer Puesto de Bolsa de Comercio y quién lo regula?
Transcomer, como lo dice su nombre, es un Puesto de Bolsa de Comercio que opera exclusivamente en Bolcomer Bolsa de Comercio y es regulado y vigilado directamente por Bolcomer Bolsa de Comercio. Fue fundado en el año 2003 y desde entonces opera en Bolcomer principalmente en transacciones inmobiliarias.
Bolcomer - Bolsa de Comercio
María José García Gutiérrez
Jefe de Operaciones
¿Qué es Bolcomer Bolsa de Comercio?
En Costa Rica existen actualmente dos Bolsas autorizadas para operar de acuerdo a lo establecido en el Código de Comercio: La Bolsa Nacional de Valores y Bolcomer Bolsa de Comercio. En los artículos del 398 al 410 de dicho código se establecen las condiciones bajo las cuales se establece una bolsa de comercio y el marco regulatorio bajo el cual se rigen.
¿Cuál es la diferencia entre la Bolsa Nacional de Valores (BNV) y Bolcomer Bolsa de Comercio?

La BNV es una bolsa especializada en títulos valores por lo que no puede transar otro tipo de bienes y tiene una ley especial que la regula, que es la Ley Reguladora del Mercado de Valores. La BNV es supervisada por SUGEVAL.

La inscripción de Transcomer Puesto de Bolsa de Comercio S.A en SUGEF

Artículo 24 del Reglamento de Inscripción, Acuerdo 11-18 “La inscripción de Transcomer Puesto de Bolsa de Comercio S.A, cédula jurídica 3-101-341865, ante la Superintendencia General de Entidades Financieras no es una autorización para operar, y la supervisión que ejerce esa Superintendencia es sólo en materia de prevención de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, según lo dispuesto en la Ley N° 7786, “Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo”. Por lo tanto, la SUGEF no supervisa los negocios que ofrece y realiza la empresa, ni su seguridad, estabilidad o solvencia. Las personas que contraten sus productos y servicios lo hacen bajo su cuenta y riesgo.”

¿Es la SUGEVAL la que supervisa a Bolcomer?

No actualmente. Cuando se promulgó la Ley Reguladora del Mercado de Valores, fué incluido el artículo transitorio número IX que literalmente decía lo siguiente: — “Las bolsas de productos estarán sujetas a la regulación y supervisión de la Superintendencia, con base en las normas y principios conferidos en esta ley que les sean racionalmente aplicables y mientras no se dicte una legislación especial que las regule. Para tales efectos, la Superintendencia dictará una reglamentación especial.”— Con base en este artículo, la SUGEVAL ejerció la supervisión hasta que la Sala Constitucional dictaminó que dicho artículo era ilegal y ordenó eliminarlo de la Ley, así como el reglamento de operación emitido por SUGEVAL para las bolsas de comercio.

Acción de inconstitucionalidad
Expediente No. 09-010478-0007-CO
Res. No. 2011-005966
¿Entonces, a quién le corresponde la vigilancia de Bolcomer?

Al eliminarse el Transitorio IX de la Ley reguladora del mercado de valores, quedó vigente lo establecido en los artículos 398 al 410 del código de comercio.

Bolcomer fue autorizada para operar originalmente por el Ministerio de Hacienda de acuerdo a lo establecido en el artículo 399. Asimismo, está sometida a la vigilancia permanente del Banco Central de Costa Rica, de acuerdo a los establecido en el artículo 400 inciso c) de dicho código, en donde se establece que la vigilancia de las bolsas de comercio será ejercida directamente por el Banco Central de Costa Rica.

Ivan Villalobos
División de Asesoría Jurídica
Banco Central de Costa Rica
¿Se pueden comprar y vender bienes inmuebles en Bolcomer?

Sí. El inciso e) del artículo 402 del Código de Comercio establece que en Bolcomer se pueden contratar operaciones propias de actividades de comercio que sean lícitas y no estén expresamente prohibidas, o no estén reservadas para las bolsas de valores.

Sobre las operaciones relacionadas con el contrato MACAB

¿Cual es la diferencia entre MACAB Ingreso, Vencimiento, Capitalizable y Empresarial?

MACAB VENCIMIENTO
a) el cliente adquiere al contado un número determinado de participaciones, que se inscriben en el fideicomiso a su nombre.
b) el propietario de las participaciones, vende una opción call al Puesto de Bolsa.
c) el pago de la opción se pacta en tractos mensuales.
d) el vendedor de la opción acepta no recibir los pagos mensuales a cambio de que se capitalicen con una tasa acordada y se pague todo el monto al finalizar el plazo.
e) el pago por la venta de la opción se considera una utilidad derivada de la compra de las participaciones.


MACAB INGRESO
a) el cliente adquiere, con pago a plazo, un número determinado de participaciones que se inscriben en el fideicomiso a su nombre.
b) el propietario de las participaciones, vende una opción call al Puesto de Bolsa.
c) el pago de la opción se pacta en tractos mensuales.
d) el vendedor de la opción acepta no recibir los pagos mensuales a cambio de que se capitalicen con una tasa acordada y se pague el monto cada 6 meses.
e) el pago por la venta de la opción call se considera una utilidad derivada de la compra de las participaciones.


MACAB CAPITALIZABLE
a) el cliente adquiere, con pago a largo plazo, un número determinado de participaciones que se inscriben en el fideicomiso a su nombre.
b) el propietario de las participaciones, vende una opción call al Puesto de Bolsa.
c) el pago de la opción se pacta en tractos mensuales.
d) el vendedor de la opción acepta no recibir los pagos mensuales a cambio de que se capitalicen con una tasa de interés compuesto y se pague el monto al finalizar el plazo.
e) el pago por la venta de la opción call se considera una utilidad derivada de la compra de las participaciones.

 


MACAB EMPRESARIAL
a) el cliente adquiere, con pago a plazo, un número determinado de participaciones que se inscriben en el fideicomiso a su nombre.
b) el propietario de las participaciones, vende una opción call al Puesto de Bolsa.
c) el pago de la opción se pacta en tractos mensuales.
d) el vendedor de la opción acepta no recibir los pagos mensuales a cambio de que se capitalicen con una tasa acordada y se pague el monto cada 6 meses.
e) el pago por la venta de la opción call se considera una utilidad derivada de la compra de las participaciones.

¿Cuál es la trayectoria de Transcomer?

Transcomer Puesto de Bolsa de Comercio comienza a operar en BOLCOMER en el año 2003. Con más de 8.000 inversiones transadas en la Bolsa de Comercio, Transcomer goza de un récord inmaculado.

¿Cuáles son los plazos de inversión para un plan Capitalizable?

Los plazos disponibles en un plan capitalizable son los siguientes: 5, 10, 15, 20 y 25 años. Los montos de inversión mensual mínimos son $100 o 50.000 colones.

¿Se puede retirar el dinero de un plan capitalizable antes de que finalice el plazo?

Sí, el retiro anticipado es posible en los planes capitalizables según la tabla de Valores de Cancelación Anticipada que acompaña a la orden de inversión de este producto.

Por motivo de la entrada en vigencia del “Reglamento Operativo y de Funcionamiento de BOLCOMER Bolsa de Comercio S.A.”, aprobado por la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica (en adelante “BCCR”), artículo 7 del acta de la sesión 6174-2024, celebrada el 20 de marzo de 2024, publicado en el Alcance No.69 al diario oficial “La Gaceta” No.62 del martes 9 de abril de 2024 (en adelante “El Reglamento”), que le otorga amplias facultades a BOLCOMER Bolsa de Comercio (en adelante “Bolcomer”) para fiscalizar y supervisar la operación de los Puestos de Bolsa de Comercio, a fin de cumplir con los principios de protección al cliente, información, transparencia, competencia y cumplimiento debido de las operaciones en Bolsa (artículo 6 del Reglamento), y por mandato de la resolución 07012024 dictada por BOLCOMER, y acorde con el nuevo Reglamento, se dispone y aclara:

  1. Que Transcomer Puesto de Bolsa de Comercio es un puesto de bolsa de comercio debidamente autorizado, que se dedica actualmente a la negociación bursátil de bienes inmuebles bajo la figura bursátil de “Operaciones de Inmuebles con Opción” (OICO), bajo la marca “MACAB”, con opciones “put” y “call” definidas en los incisos g) y h) del artículo 29 del Reglamento. El comprador del “call”, mediante el pago de una prima, adquiere el derecho, pero no la obligación, de comprar el bien inmueble subyacente, a un precio de ejecución y con un plazo de vencimiento previamente determinados; y el comprador del “put”, mediante el pago de una prima, adquiere el derecho, pero no la obligación, de vender el bien subyacente, a un precio de ejecución y con un plazo de vencimiento previamente determinados.
  1. Que los derechos proporcionales en activos no financieros (DEPANF) están referidos específicamente al BIEN INMUEBLE o BIENES INMUEBLES objeto de la operación, los cuales, al ser objeto de compraventa en una operación en la bolsa de comercio, son incorporados a un contrato de fideicomiso, con un fiduciario independiente, a efecto de garantizar su cumplimiento.
  1. Que en aplicación de las normas de orden público referidas a la naturaleza de los Bienes Inmuebles (artículo 257, siguientes y concordantes, del Código Civil), los BIENES INMUEBLES objeto de la compraventa NO SON FUNGIBLES ni intercambiables. Es decir, que un comprador o titular de derechos de opción sobre un inmueble, tiene su derecho referido a dicho inmueble y no le es dable la sustitución por mera equivalencia, puesto que no son fungibles, no son intercambiables. Así, el derecho de opción (sea “put” o “call”) tiene como referente un bien inmueble determinado, dando certeza al comprador sobre el objeto de la operación.

Que, con base en todo lo anterior, la función del fideicomiso al que se traspasan los bienes inmuebles transados en la bolsa de comercio, es garantizar la ejecución forzosa de las opciones “call” y “put” en caso de ser necesario, como parte de las facultades que el Código de Comercio y el Reglamento le otorgan a BOLCOMER para regular, supervisar, vigilar y ejecutar coactivamente las operaciones; no la emisión de títulos, ni constituyen títulos valores, ni corresponden tampoco a un fondo de inversión. Son por tanto transacciones sobre bienes inmuebles determinados.

 

Santa Ana, agosto 2024.-

 TRANSCOMER PUESTO DE BOLSA DE COMERCIO

Advertencia: 

Se advierte al público que Transcomer Puesto de Bolsa de Comercio S.A., cédula jurídica 3-101-341865 es supervisada solamente en materia de prevención de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, y además se encuentra sujeta a disposiciones vinculantes de la Unidad de Inteligencia Financiera del Instituto Costarricense sobre Drogas. Por lo tanto, la Sugef no supervisa en materia financiera a Transcomer Puesto de Bolsa de Comercio S.A., ni los negocios que ofrece, ni su seguridad, estabilidad o solvencia.

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